. Gestión Universitaria

Research article

Las normativas del CONICET y la UNLP sobre la mención de la afiliación institucional en las publicaciones científicas. Problemas recurrentes y nuevas tensiones en el sistema científico y tecnológico argentino

 

Mtr. Claudia González1,2

Máster en Documentación Digital

Dra. Sandra Miguel1

Dra. en Documentación

Dr. Edgardo Ortiz-Jaureguizar2,3*

Dr. en Ciencias Naturales

1. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (IdIHCS) (UNLP-CONICET),
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación,
Universidad Nacional de La Plata, Calle 51 e/124 y 125, (1925) Ensenada, Argentina.
cgonzalez@fahce.unlp.edu.ar

2. CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas)
3. Laboratorio de Sistemática y Biología Evolutiva (LASBE),
Facultad de Ciencias Naturales y Museo,Universidad Nacional de La Plata.
Paseo del Bosque S/Nº, B1900FWA La Plata, Argentina.
eortiz@fcnym.unlp.edu.ar .

* Autor para correspondencia / Corresponding autor: Edgardo Ortiz-Jaureguizar,
Laboratorio de Sistemática y Biología Evolutiva (LASBE),
Facultad de Ciencias Naturales y Museo, Paseo del Bosque S/Nº, B1900FWA La Plata, Argentina.
E-mail: eortiz@fcnym.unlp.edu.ar

Resumen

Recientes normativas sobre el contenido y forma de mencionarla afiliación institucional de los investigadores de dos de las principales instituciones públicas de investigación de Argentina (la Universidad Nacional de La Plata y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas)obligan a reflexionar sobre problemas recurrentes y nuevas tensiones en torno a las relaciones institucionales del sistema científico-tecnológico argentino. Los objetivos de esta contribución son: (1) analizar las normativas de ambas instituciones; (2) señalar sus principales virtudes y falencias; y (3) alertar sobre los peligros de promulgar reglamentaciones no consensuadas. Las diferentes y hasta contradictorias normativas referidas a cómo los científicos deben registrar su afiliación institucional en las publicaciones están basadas en miradas aisladas, que colocan a numerosos investigadores con doble dependencia institucional en una encrucijada cuando deben cumplirlas. Los ejemplos analizados exponen la falta de coordinación inter-institucional y la necesidad de tener una mirada que contémplelas relaciones de cooperación nacional, regional e internacional en un escenario científico y tecnológico cada vez más globalizado. No parece razonable promulgar normativas que pongan a las instituciones estatales en una suerte de competencia por apropiarse de la producción científica de los investigadores, canibalizándose unas a otras. A contramano de la historia y del espíritu de colaboración que ha primado dentro del sistema argentino de ciencia y tecnología, estas visiones sesgadas ponen en serio riesgo el lugar privilegiado que ha logrado la Argentina entre los principales países productores de ciencia de América Latina, así como el reconocimiento internacional de sus instituciones científico-tecnológicas.


Palabras Clave: Política científico-tecnológica, cienciometría, investigación científica, afiliación institucional, publicaciones científicas.

 

CONICET and UNLP regulations on how to indicate researcher`s institutional membership in scientific literature. Recurrent problems and new tensions in the Argentine scientific and technological system

Abstract

In this paper, recent regulations on what and how researchers from two Argentine scientific institutions [Universidad Nacional de La Plata (UNLP) and Consejo de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET)] should indicate their institutional affiliation are analyzed. These regulations deserve reflection on recurrent problems and new tensions around institutional relations of the Argentina scientific and technological system. The objectives of this article are: (1) analyze the regulations of UNLP and CONICET; (2) indicate their main strengths and weaknesses; and (3) warn of the dangers of enacting nonconsensual regulations. Different and even contradictory regulations concerning how scientists must register their membership data in the literature, are based on isolated views. Consequently, many researchers with double institutional dependence are at a crossroads when they sign their publications. Examples analyzed expose the lack of interagency coordination, and the need for a look that contemplates national, regional and international cooperation in an increasingly globalized scientific and technological scenario. So, it seems unreasonable to promulgate regulations that put state institutions into a kind of competition for the appropriation of scientific production of researchers. Such competition produces institutional cannibalization, something that is against the spirit of cooperation that has prevailed throughout the history of Argentina's science and technology system. These biased views seriously compromise the privileged position achieved by Argentina among the main science producer countries of Latin America, as well as the international recognition of Argentine scientific and technological institutions.


Key-words: Scientific-technological policy, scientometrics, scientific research, institutional affiliation, scientific publications

Introducción

Las diferentes formas y la falta de normalización de los nombres de las instituciones de afiliación de los investigadores en las publicaciones científicas son hechos conocidos y ampliamente documentados en la literatura científica (Anderson et al., 1988; Ley desdorff, 1988; De Bruin y Moed, 1990; Bourke y Butler, 1996; Gálvez y Moya-Anegón, 2006; Taşkın y AI, 2014; Huang y Rousseau, 2014). El principal problema radica en la dificultad de identificar y recuperar de manera completa y confiable la producción científica de los investigadores que realizan su labor en las distintas instituciones que desarrollan y financian la investigación, con la consecuente pérdida de su visibilidad en repositorios institucionales, nacionales o internacionales de difusión de la literatura científica. Por esta razón muchos organismos de distintos países del mundo han comenzado a establecer recomendaciones y normativas sobre cómo los investigadores deben realizar la mención de los  datos de las instituciones en las que trabajan, de las cuales dependen, y/o de las agencias y organismos que financian los proyectos de investigación.

En este artículo nos adentramos en un análisis de las resoluciones recientes que sobre este tema se pusieron en vigencia en dos instituciones públicas de investigación de Argentina: la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), con el objetivo de mostrar los problemas que plantean con el consecuente perjuicio para la recuperación y visibilidad de la producción científica de los investigadores con afiliación en una, otra o ambas instituciones. Pero antes de esto, nos parece necesario hacer una breve caracterización del sistema científico argentino y de la relación entre el CONICET y las universidades nacionales, en particular con la UNLP, teniendo en cuenta que muchos lectores no son argentinos y, consecuentemente, no tienen por qué estar al tanto de estas cuestiones.

Los científicos argentinos que residen en el país son empleados por cuatro sectores: (a) gobierno, (b) empresas (privadas y públicas), (c)instituciones de educación superior,  y (d)organismos no-gubernamentales sin fines de lucro. De acuerdo con el último reporte de la Red de Indicadores de Ciencia y Tecnología -Iberoamericana e Interamericana- (RICYT), las Instituciones de educación superior acogen al 63,68% delas personas dedicadas a la investigación, seguidas por el sector gubernamental (30,13%), las empresas (4,85%) y las ONGs (1,35%). Si estos mismos guarismos se expresan en función de cargos equivalentes a jornada completa (EJC), se aprecia que las instituciones de educación superior albergan al 46,21% de los investigadores EJC, el gobierno al 46,02%, las empresas al 6,61% y las ONGs al 1,16% (RICYT, 2015). Si se toma en consideración que dentro del sector gubernamental es el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) el principal organismo dedicado a la promoción de la ciencia y la tecnología, y que ese papel lo juegan las universidades nacionales dentro de las instituciones de educación superior, es claro que cualquier política que implemente alguno de estos dos actores centrales va a tener una enorme influencia en el quehacer científico del país.

Creado en 1958 como un organismo autárquico bajo dependencia de la Presidencia de la Nación, el CONICET tuvo como misión principal elevar el nivel de la ciencia y de la tecnología en la Argentina a partir acciones tales como la creación de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación, la concesión de becas doctorales y posdoctorales, la financiación de proyectos y de unidades ejecutoras de investigación y la vinculación  con organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales de similares características. En la actualidad, el CONICET integra a investigadores de todas las áreas disciplinarias, quienes desarrollan sus tareas mayoritariamente en las universidades nacionales, en organismos de investigación en ciencia y tecnología y en unidades ejecutoras propias o asociadas con las otras instituciones. Esta relación se expresa claramente en el estatuto de las carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, así como en la existencia de convenios con diferentes universidades nacionales y otras entidades gubernamentales que realizan actividades científico-tecnológicas (nacionales, provinciales o municipales) para la creación de unidades ejecutoras o asociadas de doble o múltiple dependencia (1).
Por otra parte, la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) fue fundada en 1905 bajo el paradigma humboldtiano, es decir, con una fuerte vinculación entre la docencia y la investigación. Esta impronta inicial se mantiene hasta nuestros días con las naturales adecuaciones a los cambios ocurridos en la sociedad en estos 111 años y se traduce en una planta de alrededor de 12.000 docentes, de los cuales unos 6.400 realizan tareas de investigación en 152 Centros de Investigación y Desarrollo (44 Institutos, 44 Centros y 64 Laboratorios) de dependencia única o compartida (principalmente con el CONICET y la Comisión de Investigaciones Científicas de la provincia de Buenos Aires) y participan en 664 proyectos de investigación acreditados por la propia UNLP. Asimismo, esta universidad desarrolla una fuerte política de formación de recursos humanos a través de su programa de becas para la investigación científica, tecnológica y artística, como así también de otorgamiento de subsidios para sus docentes-investigadores (2).

La fuerte vinculación existente entre el CONICET y la UNLP se traduce en que en el ámbito de acción del Centro Científico Tecnológico (CCT) La Plata del CONICET (el más grande del país) donde se desempeñan 1108 investigadores, 1062 becarios y 410 profesionales de apoyo. De este total, 788 investigadores, 714 becarios y 362 profesionales de apoyo lo hacen en sus 26 Unidades Ejecutoras (22 de las cuales son compartidas con la UNLP) en tanto que el resto lleva a cabo sus actividades en unidades de investigación que dependen exclusivamente de la UNLP(3).

De lo expresado precedentemente, se desprende que el sistema científico argentino está compuesto, al menos dentro del sector público, por diferentes actores que se vinculan de manera muy estrecha. Así, coexisten unidades de investigación y científicos que dependen de una o más instituciones, cuyas actividades deben responder a un complejo sistema jurídico-económico. La complejidad de estas relaciones también se hace evidente a la hora de contabilizar la producción científica de una, otra y de ambas instituciones, especialmente cuando las pautas de mención de afiliación institucional no resuelven de manera clara los diferentes tipos y niveles de relación (Miguel, 2008). De todos modos, este complejo sistema ha logrado que la ciencia argentina tenga un lugar privilegiado en el contexto latinoamericano y haya logrado un importante reconocimiento a nivel mundial; valga como ejemplo que tres de los cinco ciudadanos argentinos galardonados con el Premio Nobell o fueron por sus contribuciones científicas(4).

En este contexto, los objetivos de este artículo son: (1) analizar las normativas que rigen la manera en que los investigadores dela UNLP y el CONICET deben registrar sus datos de afiliación institucional en las publicaciones; (2) señalar sus principales virtudes y falencias; y (3) alertar sobre los peligros que para el sistema científico-tecnológico genera la promulgación de reglamentaciones no consensuadas entre sus instituciones.

ANÁLISIS DE LAS NORMATIVAS

UNLP:

La UNLP puso en vigencia en mayo de 2010 la resolución 415/10 (5), en la que la Secretaría de Ciencia y Técnica de esta casa de estudios manifiesta la necesidad de “establecer criterios que uniformicen el estado de pertenencia de los autores de las publicaciones”. Dicha resolución estable una forma de registro de afiliación que a partir del 01/01/2011 sería de aplicación obligatoria en las publicaciones sometidas a evaluación de las diferentes convocatorias  a subsidios de la UNLP. Lo central de dicha norma es:
(a) uso del idioma castellano (si se lo desea, se puede poner luego en inglés).
(b) indicar hasta tres niveles de la estructura institucional separados por punto, nombre desarrollado, o sigla: nivel 1) Grupo de trabajo / cátedra / entidad  dependiente de la UNLP (que no fuera Facultad); nivel 2) Facultad con nombre desarrollado (sigla, opcional); y nivel 3) Nombre desarrollado de la Universidad (sigla sin puntos si se desea. A modo de ejemplo, podríamos tener esta situación hipotética:

Aldair Castrocelta. Cátedra de Mastozoología. Facultad de Ciencias Naturales y Museo. Universidad Nacional de La Plata.

Principales problemas de esta normativa:
(a) falta de precisión sobre el uso permitido o no de abreviaturas;
(b) falta de definición en el uso o no de siglas;
(c) falta de definición de los casos de investigadores con dependencia compartida con otras instituciones o con contrapartes no UNLP; y
(d)falta de obligatoriedad de consignar el país de la institución.

En vistas de esta resolución, y con la intención de salvar la omisión para los casos de dependencia compartida, la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FaHCE) de la UNLP publicó el 18/05/2010 una nota aclaratoria sobre la aplicación de dicha resolución en su ámbito, aportando dos ejemplos, uno de pertenencia exclusiva FaHCE y el otro de pertenencia al Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (IdIHCS), unidad ejecutora compartida UNLP-CONICET.El primero, alineado completamente con la resolución de la UNLP,se aconseja:

Nombre Apellido
Departamento de Sociología
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FaHCE)
Universidad Nacional de La Plata (UNLP)

Para el caso de membrecía IdIHCS, unidad de doble dependencia UNLP y CONICET, se aconseja:

Nombre Apellido
Centro de Investigaciones Socio-Históricas / Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET)
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FaHCE)
Universidad Nacional de La Plata (UNLP)

 

Principales problemas de esta normativa:
            A los problemas de la resolución 415/10 se agrega que se adapta a una sola institución (la UNLP) ignorando la situación real en la que se produce la firma de las producciones. Un autor no puede especular al momento de firmar un trabajo cuál será la institución que lo evaluará en el futuro al solicitar financiamiento. Esta adenda que realizó la FaHCE no obstante parece seguir esa  lógica, es decir, que si un autor está interesado en presentarse a una convocatoria de la UNLP, entonces le conviene seguir esa norma. De otra forma no se entiende que se aconseje un registro de afiliación en la firma que deja en absoluta subordinación de una universidad a otro ente nacional como el CONICET.

En marzo de 2014 la UNLP deroga la resolución 415/10 y establece una nueva, la 177/14 (6), en la que básicamente se reglamenta la forma de firmar para aquellos autores que provienen de institutos, centros, etc. de dependencia múltiple. Lo principal de dicha resolución es que se mantiene la posibilidad de indicar hasta tres niveles de la estructura institucional separados por punto tal como lo establecía la resolución anterior, y que para la pertenencia a más de una institución se deben consignar ambas. El ejemplo que se adjunta en el Anexo es el siguiente:

TÍTULO DEL TRABAJO
Autor A1, Autor B1;2,AutorC1;3,AutorD4,Autor E2;3;4

1 Instituto de Investigación en Informática - III-LIDI. Facultad de Informática - Universidad Nacional de La Plata - Argentina.
2 CONICET- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
3 CIC - Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires.
4 Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales  (UNLP - CONICET).
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Universidad Nacional de La Plata
 - Argentina.

Principales problemas de esta normativa:

(a) En el primer artículo se establece que queda sin efecto la resolución del año 2010, por lo cual, al avocarse esta del 2014 solo al uso de los tres niveles de instituciones y de la múltiple dependencia, se omiten cuestiones de idioma, uso de siglas y mención de país, igual que en la anterior resolución, aunque sin mayores precisiones, al menos contemplaba.
(b) Del análisis del ejemplo que se incluye en el Anexo de la resolución, se interpreta que hay un sub-registro generalizado debido quizá a la confusión entre dos situaciones distintas que hay que considerar. Por un lado está la múltiple dependencia de la Institución donde se desarrollan las actividades, y por el otro está la doble dependencia que un investigador puede tener, esto es, que responde a dos empleadores distintos. Se observa claramente en el ejemplo que el autor B tiene dos empleadores: UNLP y CONICET y de manera similar el autor C pertenece a la UNLP y a la CIC. Para el autor D es imposible conocer quiénes son sus empleadores: ¿es solamente la UNLP, es solo el CONICETo son ambos? Para el autor E la interpretación es aún más dificultosa, ya que ¿se desprende que el autor tendría como empleador a CONICET al mismo tiempo que a la CIC y a la UNLP?
(c) Para el caso de la múltiple dependencia de la institución donde el autor desarrolla las actividades (en el ejemplo los autores D y E que se desempeñan en el IdIHCS) se presenta el problema ya mencionado de sub-registro de la contraparte que no es UNLP.

CONICET:

En marzo de 2016 el CONICET aprueba la resolución 515/16 (7), que en su considerando muestra una mejor visión del problema al hacer mención a diversas cuestiones que afectan y son afectadas por la manera de registrar la afiliación que tienen los autores en sus publicaciones:

“…difusión en medios adecuados y/o protección del conocimiento generado a nivel individual… e institucional”
“… investigador… puede tener dependencia laboral compatible y filiación compartida”
“…Unidades Ejecutoras de dependencia compartida como lugar de trabajo de investigadores”
“…identificación de la pertenencia institucional de los investigadores, como así también de sus fuentes de financiamiento”
“…a fin de ser recopilado por las bases bibliográficas nacionales e internacionales u otros sistemas de relevamiento”
“…le permite a la institución reunir y recopilar toda la producción…favorece la gestión de los repositorios institucionales de acceso abierto”
“…permite evaluar las colaboraciones mediante indicadores bibliométricos”
“…permite la confección de estadísticas a nivel institucional y nacional”

Al revisar el articulado, se observa que en cierta medida se salva la cuestión que se marcaba anteriormente en la resolución de UNLP acerca de distinguir empleador/es y lugar de trabajo, a lo que se agrega ahora el organismo de financiamiento. Lo principal de dicha resolución es que:
- indica la obligatoriedad de registrar la información del empleador o empleadores de acuerdo a lo indicado en el Anexo (Art. 1);
-  señala la información de la Unidad de Investigación o Servicio donde desarrollan las actividades y también de dónde se recibió el financiamiento, considerando además que las menciones de afiliación podrán realizarse atendiendo al diseño de la publicación y las especificaciones de cada editorial (Art. 2 y Art. 3);
- brinda un buen tratamiento a cuestiones como el idioma y las siglas (aunque no brinda detalles sobre uso de abreviaturas);
-establece la inclusión de dirección postal, además de especificar la obligatoriedad de indicar la ciudad y el país de las instituciones; y
-se estipulan en el Anexo cinco situaciones posibles en la que se puede encontrar un investigador, un becario o un miembro de la carrera del personal de apoyo del CONICET, y se indica con buen nivel de detalle cómo se debe registrar en cada caso. Estos casos son los siguientes:

1) Investigadores y becarios en Unidades Ejecutoras exclusivas del CONICET
Nombre y Apellido, sigla o denominación de la UE en español, CONICET, (dirección
postal u otros datos opcionales), ciudad, Argentina. A modo de ejemplo podríamos tener esta situación hipotética:

Evelyn Castrocelta, CENPAT, CONICET, Bv. Almirante Brown 2915, Puerto Madryn, Argentina.

2) Investigadores y becarios en Unidades Ejecutoras de doble dependencia
Nombre y Apellido, sigla o denominación de la UE en español, sigla o denominación de la contraparte, CONICET, sigla de la unidad académica en la que se desempeñe, (dirección postal u otros datos opcionales), ciudad, Argentina. A modo de ejemplo podríamos tener esta situación hipotética:

Cedric Castrocelta, CEPAVE, UNLP,CONICET, FCNyM, Boulevard 120 S/N e/61 y 62 B1902CHX),La Plata, Argentina

3) Investigadores y becarios en Unidades Ejecutoras de dependencia múltiple
Nombre y Apellido, sigla o denominación de la UE en español, siglas/denominaciones de las contrapartes, CONICET, sigla/s de la/s unidad/es académica/s en la/s que se desempeñe (dirección postal u otros datos opcionales), ciudad, Argentina. A modo de ejemplo podríamos tener esta situación hipotética:

Eileen Castrocelta, IMBICE, UNLP, CICPBA, CONICET, Calle 526 y Camino General Belgrano, (B1906APO), La Plata, Argentina.

4) Investigadores y becarios en Grupos Vinculados a Unidades Ejecutoras
Nombre y Apellido, sigla o denominación del Grupo Vinculado, sigla de la UE en español, sigla de la contraparte, CONICET, denominación de la institución sede del Grupo Vinculado, (dirección postal u otros datos opcionales), ciudad, Argentina. A modo de ejemplo podríamos tener esta situación hipotética:

Kenneth Castrocelta, Museo Municipal de Historia Natural de San Rafael, IANIGLA, Municipalidad de San Rafael, CONICET, Ballofet S/N, (5600), San Rafael, Argentina

5) Investigadores y becarios no integrantes de una Unidad Ejecutora
Nombre y Apellido, sigla o denominación de la institución en la que se desempeña, CONICET, sigla de la unidad académica en la que se desempeñe, (dirección postal u otros datos opcionales), ciudad, Argentina. A modo de ejemplo podríamos tener esta situación hipotética:

BrianaCastrocelta, LASBE, FCNyM, CONICET, Paseo del Bosque S/N, (B1900FWA), La Plata, Argentina.

Principales problemas de esta normativa:

Se observa que en los casos de doble o múltiple dependencia no queda bien expresada la relación de subordinación institucional ya que:
(a) al tener que indicar todas las instituciones separadas por coma es imposible distinguir los niveles de jerárquicos de la estructura de las instituciones. Al elegir un solo tipo de puntuación (la coma) se produce un aplanamiento que hace imposible expresar diferenciación institucional y subordinación;
(b) más allá del aplanamiento, el orden en el que se muestran las instituciones confunde las posibles dependencias, ya que no quedan de manera consecutiva;
(c) no parece que el Anexo termine resolviendo con claridad lo que ya se ha hecho notar, es decir, la doble o múltiple dependencia que puede darse a nivel individual, a nivel institucional o en ambos; y
(d) el caso más preocupante es el del ejemplo 5, que no especifica claramente cómo debiera indicarse la institución que es lugar de trabajo del personal CONICET, cuando no esta no es una unidad ejecutora del CONICET o mixta. Dicho en otras palabras, para el caso de un investigador CONICET que trabaja en un ámbito de dependencia exclusiva de una universidad, la mención de estano es obligatoria.

REFLEXIONES FINALES

Pese a las loables intenciones que han llevado a las instituciones científicas argentinas a promulgar las diferentes normativas que reglan la forma en las que los investigadores, el personal de apoyo y los becarios que realizan actividades de ciencia y tecnología deben registrar los datos de afiliación institucional en sus publicaciones, hay cuestiones de fondo a las que tanto la comunidad científica como, sobre todo, los gestores de la ciencia, debieran prestar particular atención.

Por un lado, más allá de la importancia que reviste que las instituciones tengan normativas específicas para la mención de la afiliación institucional, que contemplen la complejidad de su estructura organizativa y relacional para la correcta identificación y consecuente visibilización de la producción científica en repositorios digitales y bases de datos nacionales e internacionales, esas normativas no pueden responder a miradas institucionales o sectoriales aisladas. Esto colocaa los investigadores en una encrucijada a la hora de firmar sus publicaciones, en tanto dependen (en salario, lugar de trabajo y/o financiamiento para realizar sus investigaciones) de más de una institución y, por lo tanto, la evaluación de su actividad está sujeta a dos o más agentes evaluadores que tienen normativas distintas y en algunos casos contradictorias.

Por otra parte, los ejemplos de resoluciones aquí analizados ponen en el tapete la ostensible orfandad de coordinación inter-institucional que posee el sistema científico y tecnológico argentino, ya que este tipo de cuestiones, como toda decisión que atañe a la actividad científica y tecnológica de cualquier sistema, debe ser abordada y analizada desde una perspectiva integral y coordinada. Es necesario que esta perspectiva no solo tome en cuenta la complejidad institucional propia del sistema científico-tecnológico argentino, sino que considere también una mirada geopolítica global que tenga en cuenta el entramado de relaciones de cooperación nacional, regional e internacional, en un escenario científico y tecnológico cada vez más globalizado.

No parece razonable, por tanto, que las consideraciones arriba mencionadas no sean tenidas en cuenta antes de promulgar normativas que finalmente colocan a los entes gubernamentalesen una suerte de competencia por apropiarse de la producción de sus científicos. Esta competencia, que puede culminar en la canibalización de la producción científica de un actor por otro, va a contramano de la historia y pone en serio riesgo el espíritu que ha hecho posible la construcción del sistema científico y tecnológico argentino. Este sistema,que ha sido forjado y desarrollado sobre la base de la cooperación entre organismos del sector universitario y no universitario, ha generado una red de relaciones científicas y sociales  fruto de la acción mancomunada entre ambos. Y es nada más y nada menos que este mismo sistema el que, a pesar de las vicisitudes políticas, económicas y sociales por las que atravesó el país durante el siglo XX (algunas de ellas ciertamente trágicas) contribuyó a que la Argentina alcanzase un lugar privilegiado entre los principales países productores de ciencia de América Latina, al tiempo que lograra un importante nivel de reconocimiento en el contexto internacional tanto por la cantidad como por la calidad de sus científicos y de sus contribuciones, calidad y prestigio que han transferido a las instituciones donde desarrollaron sus actividades.

AGRADECIMIENTOS

Los autores agradecen a los Dres. Jorge V. Crisci, Liliana Katinas y Paula Posadas la lectura crítica del manuscrito original. CG es docente de la FaHCE(UNLP) y miembro de la Carrera del Personal de Apoyo del CONICET, SM es docente de la FaHCE (UNLP) y EOJ es docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo (UNLP) y miembro de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del CONICET. Los autores agradecen a estas instituciones el constante apoyo recibido para realizar sutrabajo.

REFERENCIAS BIBLIOGÁFICAS

  1. ANDERSON, J., COLLINS, P. M. D., IRVINE, J., ISARD, P. A., MARTIN, B. R., NARIN, B. R., y STEVENS, K. (1988), On-line approaches to measuring national scientific output: A cautionary tale.Science and PublicPolicy, 15: 153–161.
  2. BOURKE, P., y BUTLER, L. (1998), Institutions and the map of science: Matching university departments and fields of research.ResearchPolicy, 26: 711–718.
  3. DE BRUIN, R. E., y MOED, H. F. (1990), The unification of addresses in scientific publications. En: L. EGGHE, yR. ROUSSEAU (Eds), Informetrics 1989/90. Elsevier Science Publishers, Amsterdam, pp. 65–78.
  4. GALVEZ, C., y MOYA-ANEGÓN, F. (2006). The unification of institutional addresses applying parametrized finite-state graphs (P-FSG). Scientometrics, 69: 2, 323–345.
  5. HUANG, S.; y ROUSSEAU, R (2014). Institution name disambiguation for research assessment. Scientometrics, 99: 3,  823-838
  6. LEYDESDORFF, L. (1988), Problems with the ‘measurement’ of national scientific performance.Science and PublicPolicy, 15: 149–152.
  7. MIGUEL, S. (2008). Aproximación cienciométrica al análisis y visualización del dominio científico argentino, 1990-2005. Tesis para optar al grado de Doctor en Documentación. Granada: Editorial de la Universidad de Granada, 2008. ISBN 978-84-691-8348-9. Disponible en: digibug.ugr.es/bitstream/10481/2092/1/17704753.pdf
  8. RICYT (2015), El Estado de la Ciencia. Principales Indicadores de Ciencia y Tecnología - Iberoamericanos / Interamericanos  2015. Red de Indicadores de Ciencia y Tecnología -Iberoamericana e Interamericana-, 104 pp. Disponible en: http://www.ricyt.org/indicadores
  9. TASKIN, Z., yAl, U. (2014). Standardization problem of author affiliations in citation indexes. Scientometrics, 98: 1, 347-368.

 

Notas

  1. http://www.conicet.gov.ar
  2. Disponible en: http://www.unlp.edu.ar
  3. Disponible en: http://www.laplata-conicet.gov.ar
  4. Disponible en:
    http://www.conectate.gob.ar/sitios/conectate/busqueda/encuentro?rec_id=110706#
  5. Universidad Nacional de La Plata. Resolución no. 415/10.
    Disponible en: http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/34868
  6. Universidad Nacional de La Plata. Resolución 177/2014.
    Disponible en: http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/33929
  7. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Resolución 515/2016.
    Disponible en: http://www.conicet.gov.ar/wp-content/uploads/RD-20160307-0515.pdf

Gestión Universitaria
ISSN  1852-1487

http://www.gestuniv.com.ar

Vol.:08
Nro.:02
Buenos Aires, 15-05-2016

Recibido el: 02-05-2016 ; Aprobado el: 15-05-2016

URL http://www.gestuniv.com.ar/gu_23/v8n2a1.htm